El procedimiento de "registro de uniones civiles" regula la formalización e inscripción en el registro municipal de uniones no matrimoniales del Ayuntamiento, en el que podrán inscribirse las uniones no matrimoniales con independencia de la orientación sexual, así como aquellas no definibles por el trato sexual y constituidas para la convivencia y el apoyo mutuo.
Podrán instar su inscripción en el registro todas aquellas uniones de dos o más personas, incluso del mismo sexo, que por su libre y pleno consentimiento constituyan una unión de convivencia no matrimonial.
Serán requisitos para que se pueda llevar a cabo la inscripción:
Se podrán iniciar telemáticamente a través del botón "Inicar trámite" y posteriormente comparecer de forma personal y conjunta ante el funcionario encargado del registro (art. 3 del Reglamento), o comparecer directamente ante el funcionario encargado del registro.
Nombre: Registro de uniones civiles.
Unidad tramitadora: Secretaría.
Inicio del procedimiento: A Instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física.
Órgano de resolución: Secretaría.
Carácter silencio administrativo: Negativo.
Plazo de execución: 2 meses.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.